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Normas de uso de las instalaciones deportivas Campus de Leganés

Derechos de los deportistas, consumidores y usuarios de los servicios deportivos

Los consumidores, usuarios y deportistas, en la prestación de los servicios deportivos que reciban, tendrán los siguientes derechos: 

  • A recibir unos servicios adecuados a las condiciones y necesidades personales de acuerdo con el estado de los conocimientos científicos de cada momento y con los niveles de calidad y seguridad que se establezcan. 
  • Al respeto de su personalidad, dignidad e intimidad.
  • A disponer de información suficiente y comprensible de las actividades físicodeportivas que vayan a desarrollarse. 
  • A recibir una prestación de servicios deportivos que no fomente prácticas deportivas que puedan resultar perjudiciales para la salud.
  • A que los profesionales de los servicios deportivos se identifiquen y a ser informados sobre su profesión y cualificación profesional. 
  • A la igualdad de trato y oportunidades, independientemente de su identidad y orientación sexual, edad, capacidad funcional, cultura, etnia o religión. 
  • A que en los contratos que celebren se reflejen los derechos de los deportistas, consumidores y usuarios de servicios deportivos, así como los deberes del personal que presta los servicios deportivos.  

Normas generales de utilización

NORMAS GENERALES DE UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LA UNIVERSIDAD, APROBADAS POR LA JUNTA DE GOBIERNO EN SESIÓN DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DE 2000.
PRIMERA.- Los usuarios de las instalaciones deportivas de la Universidad se atendrán en su utilización a las normas generales y a las particulares que se dicten para cada una de las concretas instalaciones.
SEGUNDA.- Serán usuarios de las instalaciones deportivas toda persona o grupo de personas, integradas o no en equipos deportivos, que soliciten la utilización de las mismas y sean autorizadas para ello por la Universidad.
TERCERA.- Las responsabilidades a que pueda dar lugar la utilización de las insta-laciones deportivas deberán contar con la cobertura de seguro suficiente.
CUARTA.- La utilización de las instalaciones deportivas exigirá el abono de la correspondiente contraprestación económica en la cuantía fijada por la Universidad.
QUINTA.- La actividad de los usuarios, al utilizar las instalaciones deportivas, deberá adecuarse al destino previsto para las mismas y realizarse con respeto a las reglas del juego de cada una de las actividades y a las instrucciones y recomendaciones que imparta el personal responsable de la instalación.
Los usuarios, además, observarán la diligencia y el cuidado debidos para evitar daños o accidentes tanto para sí y para terceros como para las instalaciones.
A estos efectos, se concretarán por el Vicerrector competente por razón de la materia las obligaciones, deberes y cargas de los usuarios en las normas generales y particulares de utilización de las instalaciones.
SEXTA.- El incumplimiento de las obligaciones, deberes y cargas por los usuarios podrá acarrear la suspensión o exclusión del uso temporal o definitivo de las instala-ciones, en los términos y con el alcance que, para cada actividad, se establezca por el Vicerrector competente en la materia
SÉPTIMA.- Por el Vicerrector competente por razón de la materia se dictarán y actualizarán periódicamente, en desarrollo de las presentes normas, cuantas ins-trucciones de utilización, tanto generales como particulares de cada instalación o conjunto de instalaciones deportivas, sean pertinentes. Las instrucciones de utilización que se dicten en uso de esta habilitación deberán ser adecuadas y proporcionadas al fin perseguido.
Tales instrucciones podrán, al menos, contemplar, en razón de los requerimientos de cada instalación y de las actividades deportivas a que sirvan de soporte, los siguientes extremos: Condiciones subjetivas, objetivas y materiales de utilización; vestimenta; horarios; usos y actividades excluidas; tolerancias de usos; normas de higiene y salud deportiva; contenidos de las informaciones y anuncios que han de ser publicitadas en los tablones, recomendaciones, reservas de las instalaciones y procedimiento para las quejas y reclamaciones.

INSTRUCCIONES GENERALES PARA LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID

1. Los/as usuarios/as deberán mantener el recibo de pago y/o la tarjeta identificativa (Digital, física o QR) de usuario en vigor a disposición del personal de la instalación durante el período de alquiler o uso. En los alquileres de pista, si los usuarios hacen uso de la instalación por más tiempo del reservado, tendrán que pagar el importe correspondiente al tiempo excedido de su reserva antes de abandonar la instalación.
2. Para la utilización de las instalaciones con tarifa reducida, el/la usuario/a deberá presentar el carnet o documento acreditativo (Tarjeta digital, física o QR) tanto al hacer la reserva como en el momento de su utilización. Si la reserva es telefónica, deberá presentar la acreditación al acceder a la instalación y al realizar el pago de la misma. Todos los carnets de usuario/a o QR son personales e intransferibles.
El uso fraudulento de cualquiera de las acreditaciones conllevará la sanción de expulsión inmediata y de un mes sin poder hacer uso de la instalación. Si el mal uso se repitiera, la sanción se ampliará por un plazo más largo.
3. El/la usuario/a debe utilizar las instalaciones correctamente, cuidando el equipamiento y el material para evitar desperfectos o accidentes derivados del uso incorrecto de los mismos. Ante cualquier duda, se recomienda consultar al personal de la instalación. La persona causante de algún desperfecto o deterioro en la instalación por uso indebido, deberá asumir el coste de su reparación.
4. En todo momento se observará un comportamiento adecuado a las normas de convivencia. Todas aquellas actitudes y acciones que perjudiquen a las instalaciones, al personal de la instalación o al resto de usuarios/as, podrán ser causa de expulsión de las instalaciones de las personas que las realicen.
5. Todas las personas que utilicen las instalaciones deportivas quedan obligadas a seguir las indicaciones del personal de las mismas.
6. La vestimenta y calzado deportivo deberán ser los adecuados para cada actividad e instalación deportiva. No se permite la utilización del calzado usado en la calle y deberá ser el adecuado a cada pavimento deportivo. Queda prohibido hacer uso de las mismas sin camiseta o con indumentaria inapropiada.
7. No se podrán introducir objetos (patines, bicicletas, etc.) en las instalaciones, salvo que fueran propios de las actividades y estén específicamente autorizados.
8. El acceso a las instalaciones se podrá efectuar desde 15 minutos antes del comienzo de la actividad correspondiente. El paso por la zona de control en la recepción de la instalación será obligatorio para el acceso y uso de la misma.
9. Se respetará la hora de cierre de la instalación. Los/as usuarios/as contarán con un máximo 15 minutos adicionales para abandonarla.
10. Las personas acompañantes no podrán pasar en ningún momento dentro de la zona deportiva de las instalaciones. Estos podrán utilizar las zonas de espera debidamente señalizadas para este uso (vestíbulo, gradas, cafetería) hasta el final de la actividad.
11. Excepto en los cursos o actividades organizadas, no se permite la entrada a menores de 16 años que no vayan acompañados por una persona mayor de edad.
12. Taquillas de uso diario: el uso de estas taquillas no tiene ningún coste. El/la usuario/a deberá dejar libre la taquilla que ha utilizado al finalizar su actividad, de no ser así, el personal de la instalación procederá a su vaciado. Para el uso continuado de la taquilla, existe la posibilidad en el centro deportivo Seve Ballesteros de utilizar el servicio de taquillas de alquiler.
13. Los/as usuarios/as están obligados a cumplir las medidas normales de higiene y limpieza. Deben contribuir a mantener el recinto limpio evitando arrojar desperdicios al suelo, utilizando las papeleras, contenedores y recipientes destinados a este uso.
14. Está prohibido fumar en todas las instalaciones deportivas, siempre que no sean al aire libre (art. 7 Ley 42/2010)
15. No se podrá acceder a las zonas deportivas con comidas o bebidas. No está permitido introducir bebidas alcohólicas en las instalaciones deportivas (Ley 15/10/90 del Deporte Título IX, artículo 67, punto 1). 16. No se permite el acceso de animales a las instalaciones deportivas.
17. En aquellas instalaciones en las que sea necesario efectuar reserva, tendrán preferencia en la misma las actividades regulares organizadas por la Universidad.
18. Aviso de cancelación: se podrá cancelar una reserva hasta las 21h del día anterior. Si no se cancelara la reserva hasta las 21 h del día anterior (salvo causas de fuerza mayor justificadas), la persona o personas que realizaron la reserva no podrán volver a hacer ninguna otra en el plazo de un mes a partir de la fecha de la incomparecencia injustificada. En caso de reincidencia, dicho plazo se ampliará de la siguiente forma: 1ª reincidencia: 3 meses, 2ª reincidencia: 6 meses. Si la reincidencia persistiera dicho plazo podrá ampliarse. Esta penalización no se aplicará en el caso de que el/los usuarios/as que no avisaron la cancelación abonen el importe de la misma.
Para realizar reservas en los diferentes espacios existe una normativa específica a disposición de los/as usuarios/as en las recepciones de la instalación. También puede consultarse en la web: www.uc3m.es/normas_instalaciones
19. En los tablones de anuncios de las instalaciones, en lugar visible, estará expuesta para conocimiento de los usuarios la siguiente información:

Horario de apertura y cierre de las instalaciones.

Horario disponible para uso de las diversas instalaciones.

Condiciones de uso específicas de las diferentes instalaciones.

Tabla de tarifas vigentes.

Aviso de incidencias o modificaciones en el servicio.

Información necesaria sobre el conjunto de servicios que se ofrecen.

También puede consultarse en la web: www.uc3m.es/normas_instalaciones
20. Junto a este documento, se han desarrollado unas condiciones de uso más específicas de las instalaciones deportivas que así lo requieren, de obligado cumplimiento y que complementan a estas Instrucciones Generales. Puede consultarse también en la web: www.uc3m.es/normas_instalaciones
21. Los/as usuarios/as no podrán realizar dentro de la instalación ningún tipo de actividad política, religiosa o comercial alguna; excepto en aquellos casos autorizados expresamente por la Universidad.
22. El/la usuario/a deberá abstenerse de acceder a la instalación en caso de padecer cualquier tipo de enfermedad, dolencia o afección infecto-contagiosa o de cualquier otra índole relacionada con su salud y la práctica de actividad físico-deportiva. En caso de duda podrá consultar con el personal de la instalación.

23.No está permitido realizar grabaciones en vídeo ni hacer fotografías dentro de las instalaciones deportivas de la universidad sin la autorización expresa de la dirección y de todas las personas que se encuentren en dicho espacio.
24. El incumplimiento de la Normativa General de uso de las Instalaciones, de las presentes Instrucciones Generales o de las Condiciones específicas de utilización de cada instalación deportiva, podrá ser motivo, según la entidad y la trascendencia del hecho, para la adopción de alguna de las siguientes medidas de ejecución:

Advertencia sobre uso indebido en que se haya incurrido.

Expulsión del usuario/a de las instalaciones.

Suspensión temporal del uso de las instalaciones, con una duración máxima de un año.

Pérdida de la condición de usuario/a en los siguientes casos:

Cuando de la conducta del usuario/a se derive un riesgo grave para el resto de usuarios/as, del personal o de las instalaciones.

Cuando la actuación de que se trate haya sido realizada mediando violencia, coacción, cualquier tipo de fraude o falsificación documental o aprovechando una situación de necesidad o emergencia.

Ante reiteradas actuaciones menores que hayan provocado advertencias y/o suspensiones temporales.

Todas las medidas adoptadas se anotarán en el registro de usuarios de las Instalaciones
Normas de actuación:

Las medidas se adoptarán previa audiencia del interesado/a.

La medida de expulsión de las instalaciones sólo requerirá el previo apercibimiento por el personal de la instalación.

La determinación del plazo de duración de la medida de suspensión se efectuará con un criterio de proporcionalidad, atendiendo a la gravedad del hecho, al daño producido y a las circunstancias que hayan rodeado la conducta.

Se constituirá una Comisión Delegada para la determinación del carácter de la sanción, la adopción y ejecución de estas medidas. Formarán parte de la Comisión Delegada: una persona responsable de la instalación por parte de la universidad y otra persona responsable de la empresa concesionaria del Centro Deportivo.

25. Existen unas Hojas de Reclamaciones y de Sugerencias a disposición de los/as usuarios/as en la Recepción de la instalación.

Condiciones de uso específicas de algunas instalaciones

CONDICIONES DE USO ESPECÍFICAS DE ALGUNAS INSTALACIONES DEPORTIVAS  DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID
Las siguientes Condiciones de uso son extensión de las Normas Generales e Instrucciones Generales de Uso de las Instalaciones Deportivas de la Universidad Carlos III de Madrid y las complementan para cada uno de los siguientes espacios deportivos. Son por tanto de obligado cumplimiento para las personas que utilicen estas instalaciones.
El incumplimiento de cualquiera de estas Condiciones de uso Específicas puede ser motivo de sanción tal y como se recoge en el punto 23 de las Instrucciones Generales

Salas de fitness

1. Para hacer uso de esta instalación, será necesario identificarse al técnico de la sala cuando se acceda a la misma. Todo/a usuario/a está obligado a seguir las recomendaciones y las indicaciones de los/as técnicos.
2. No está permitido el acceso a los menores de 16 años.
3. Por razones de higiene es obligatorio el uso de toalla para la utilización de las máquinas de esta sala. Sin toalla no se permitirá el acceso a la misma.
4. Es obligatorio recoger el material después de haberlo utilizado, así como hacer un correcto y cuidadoso uso de las máquinas y material deportivo.
5. El incumplimiento de cualquiera de estas Condiciones de Uso Específicas o de las Instrucciones Generales de Uso de las Instalaciones Deportivas puede ser motivo de sanción tal y como se recoge en el punto 23 de las Instrucciones Generales.

Piscina climatizada

1. Para acceder a la piscina será necesario presentar la tarjeta o documento acreditativo, bono de baño o entrada, al personal de control de la piscina y colocarla en el tablón de tarjetas habilitado a tal efecto.
2. Excepto en los cursos o actividades organizadas, no se permite la entrada a los menores de 14 años que no vayan acompañados por una persona mayor de edad. Los menores con edad comprendida entre los 14 y los 16 años podrán acceder siempre y cuando entreguen una autorización firmada por sus padres o tutores
3. No se podrá entrar con ropa o calzado de calle en la zona de baño.
4. Es obligatorio el uso de bañador.
5. Es obligatoria la utilización de gorro de baño para acceder a la piscina.
6. No se permitirá, circular descalzo por los vestuarios, playas y zona de baño, debiendo usar zapatillas de baño.
7. Los bañistas siempre deberán ducharse antes de introducirse en la piscina
8. No se debe consumir chicle, caramelos o cualquier otro alimento durante la actividad en la piscina.
9. Las calles destinadas al baño libre y las dedicadas a actividades programadas (cursos) estarán señalizadas convenientemente, debiendo respetarse íntegramente.
10. El material de enseñanza sólo se podrá utilizar en los cursillos. Está admitida, la utilización de material de entrenamiento personal como tablas, aletas, manoplas y pull-boys, siempre y cuando no interfieran o molesten al resto de usuarios/as. El técnico/socorrista responsable será el encargado de aplicar este criterio.
11. Por razones de seguridad, individual y colectiva, queda terminantemente prohibido:

 

Lanzar cualquier tipo de objeto a no ser que se trate de un juego organizado.

Utilizar el poyete trampolín de salida de las calles (excepto en cursos y entrenamientos/competiciones programadas).

Lanzarse de cabeza al agua desde cualquier zona (excepto en cursos bajo indicación del monitor o entrenamientos/competiciones programadas).

Realizar juegos dentro y fuera del agua que puedan resultar peligrosos.

12. Es obligatorio acceder al agua por las escaleras, excepto en cursos, entrenamientos o competiciones programadas que requieran otro acceso.
13. Es obligatorio el uso de las taquillas para guardar todos los enseres tal como se expone en el punto 12 de las Instrucciones Generales de Utilización de las Instalaciones Deportivas de la Universidad Carlos III de Madrid. Tampoco se podrá acceder a la zona de playa de la piscina con coches de niños, mochilas o elementos similares.
14. Ninguna persona afectada por enfermedades contagiosas que puedan transmitirse a través del agua, aire o piel, podrá acceder a la zona reservada a los bañistas.
15. El tiempo de utilización y número de calles para los usuarios de nado libre podrá ser modificado, por necesidades y/o actividades programadas y será comunicado con antelación. La ocupación de las calles de la piscina en los distintos horarios para los diferentes usos estará publicada y expuesta en los tablones, para conocimiento de los/as usuarios/as. El técnico responsable será el encargado de aplicar este criterio
16. Los/as usuarios/as de la instalación quedan obligados a seguir las indicaciones del personal de la misma, incluido si en algún momento son requeridos para salir del agua por alguna razón.
17. El público, espectadores, visitantes o acompañantes sólo podrán acceder a las zonas que les sean destinadas, utilizando accesos específicos y en las condiciones que les sean indicadas. En ningún caso podrán acceder a la zona de baño.
18. Es obligatorio circular por el lado derecho de la calle.
19. Se deben efectuar las necesidades fisiológicas antes de la inmersión en la piscina.
20. Es obligatorio saber nadar para hacer uso libre del vaso deportivo
21. El incumplimiento de cualquiera de estas Condiciones de Uso Específicas o de las Instrucciones Generales de Uso de las Instalaciones Deportivas puede ser motivo de sanción tal y como se recoge en el punto 23 de las Instrucciones Generales.

Rocódromo cubierto

AVISO IMPORTANTE: La práctica de la escalada en rocódromo es una actividad deportiva no exenta de riesgo y que exige preparación física y técnica específica. De no darse estos requisitos, se recomienda realizar una formación previa al uso del rocódromo.
La Universidad y la empresa Serviocio no se harán responsables de las consecuencias derivadas de una incorrecta utilización del rocódromo. El incumplimiento de cualquiera de estas Condiciones de Uso Específicas o de las Instrucciones Generales de Uso de las Instalaciones Deportivas puede ser motivo de sanción tal y como recoge en el punto 23 de las Instrucciones Generales.
Condiciones de uso específicas del Búlder: aplicable hasta 3 m.
1. Nº máximo de escaladores: 6
2. Material necesario: pies de gato
3. En caso de apreciar algún elemento del búlder en mal estado o defectuoso, comuníquelo en la recepción de la instalación
4. Queda terminantemente prohibido mover las presas de su emplazamiento, cualquier sugerencia al respecto deberá ser comunicada al personal de la instalación para su estudio.
5. Por motivos de seguridad, no está permitido desplazar las colchonetas de protección, que deben estar siempre bajo la pared de escalada.
6. Está prohibido subir a la plataforma superior del “Búlder”, su diseño no admite pesos ni cargas en la cubierta de cierre.
7. No trepar por debajo y en la vertical de otro escalador
8. Es aconsejable destrepar en lugar de saltar para descender
9. Es obligatorio estar en posesión de licencia federativa de montaña en vigor
10. Los menores de edad han de utilizar la instalación en presencia de un monitor 

Condiciones de uso específicas del Rocódromo: aplicable por encima de los 3 m.
Además de las normas de uso del búlder, serán de aplicación las siguientes condiciones:
11. Nº máximo de escaladores: 3
12. Material necesario: pies de gato, arnés y cuerda homologados, 5 cintas express mínimo, mecanismos de seguridad como ocho, gri-gri o similares.
13. Queda expresamente prohibido superar la primera línea de seguros sin tener colocado el EPI (Equipo de Protección Individual) y sin estar correctamente encordado.
14. Todo el EPI ha de estar homologado (arnés, cuerda, mosquetones..), es aconsejable revisarlo antes de iniciar la escalada.
15. Queda expresamente prohibida la práctica de la escalada en “top rope” desde las chapas, debiendo utilizar como mínimo el descuelgue y una chapa.
16. Queda terminantemente prohibido cualquier tipo de balanceo, descenso peligroso o juego en altura para evitar riesgos, daños a terceros o a la propia estructura.
17. No utilizar las chapas como elemento de progresión.
18. El rocódromo está diseñado para la práctica de la escalada por lo que cualquier maniobra fuera de esta disciplina será peligrosa, es decir, no se instalarán tirolinas ni cuerdas horizontales
19. El incumplimiento de cualquiera de estas Condiciones de Uso Específicas o de las Instrucciones Generales de Uso de las Instalaciones Deportivas puede ser motivo de sanción tal y como se recoge en el punto 23 de las Instrucciones Generales.

Sauna Polideportivo Alfredo Di Stefano (Campus de Leganés)

1. Por razones de higiene y mantenimiento, es obligatorio ducharse y secarse bien antes de entrar en la Sauna.
2. No está permitido el acceso a la sauna a menores de 18 años.
3. El uso máximo de personas que pueden estar al mismo tiempo en la sauna es de 6.
4. Para introducirse en la sauna será obligatorio el uso de bañador.
5. No está permitido afeitarse dentro de la Sauna, así como cualquier otra práctica similar.
6. No se permite introducir libros, revistas o papeles en el interior de la Sauna.
7. No está permitido aplicarse ningún tipo de crema corporal antes de entrar en la Sauna o durante el uso de la misma.
8. Está totalmente prohibido verter cualquier producto en la zona de piedras y resistencias.
9. Ninguna persona afectada por enfermedades contagiosas podrá acceder a esta zona.
10. El incumplimiento de cualquiera de estas Condiciones de Uso Específicas o de las Instrucciones Generales de Uso de las Instalaciones Deportivas puede ser motivo de sanción tal y como se recoge en el punto 23 de las Instrucciones Generales.

Vestuarios

1. Los menores de edad siempre deben ir acompañados y supervisados por un adulto. Hasta los 7 años de edad podrán acceder a cualquier vestuario con independencia del sexo. A partir de los 8 años deberán utilizar el vestuario de adulto femenino o masculino que les corresponda.
2. En horario de cursillos infantiles, se recomienda la utilización de los vestuarios exclusivos para el uso infantil, con normativa de uso específica.
3. En el Centro Deportivo Seve Ballesteros del Campus de Getafe, existen dos zonas diferenciadas por uso de zona húmeda o zona seca, dependiendo de la actividad a realizar.
4. No está permitido entrar con calzado de calle a las duchas. Es obligatorio el uso de calzado exclusivo y limpio, tipo chancla, zueco…
5. Se recomienda secarse en la zona de duchas antes de volver a la zona de cambio.
6. No está permitido afeitarse, o realizar cualquier otra práctica similar.
7. El incumplimiento de cualquiera de estas Condiciones de Uso Específicas o de las Instrucciones Generales de Uso de las Instalaciones Deportivas puede ser motivo de sanción tal y como se recoge en el punto 23 de las Instrucciones Generales.

Vestuarios Infantiles

1. Los menores de 8 años deberán utilizar este vestuario. Los/as niños/as mayores de esta edad deberán utilizar el vestuario de adulto femenino o masculino que le corresponda.
2. Los/as niños/as deberán estar continuamente supervisados por un adulto.
3. No se permite el acceso a vestuario con carritos infantiles.
4. Para mayor comodidad de todos sólo está permitido un adulto por niño/a dentro del vestuario infantil.
5. No está permitido entrar con calzado de calle a las duchas. Es obligatorio el uso de calzado exclusivo y limpio, tipo chancla, zueco…
6. Se recomienda secarse en la zona de duchas antes de volver a la zona de cambio.
7. No está permitido afeitarse, o realizar cualquier otra práctica similar.
8. El incumplimiento de cualquiera de estas Condiciones de Uso Específicas o de las Instrucciones Generales de Uso de las Instalaciones Deportivas puede ser motivo de sanción tal y como se recoge en el punto 23 de las Instrucciones Generales.
En el centro deportivo Seve Ballesteros además de las instrucciones anteriores, para el vestuario infantil se contemplará la siguiente:
1. El vestuario infantil será de uso exclusivo para niños/as durante el horario de cursillos de natación infantiles. Fuera de este horario, el uso de estos vestuarios será familiar de progenitores con hijos/as.