Seguro Escolar
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De acuerdo con la normativa vigente, la administración establece una tasa de 1,12 euros en concepto de Seguro Escolar, aplicable a estudiantes de nacionalidad española o extranjera (con residencia legal en España) menores de 28 años. Estarán exentos de este pago los siguientes grupos:
- Estudiantes que hubieran cumplido 28 años en la fecha de inicio del año académico en que se matriculan.
- Estudiantes que ya hubieran abonado este seguro en otro Centro de Enseñanza Oficial, para lo cual deberán aportar el debido justificante.
- Personal investigador en formación que, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación (BOE nº 29, de 3 de febrero de 2006), quede incluido en el Régimen General de la Seguridad Social.
Coberturas
El Seguro Escolar ofrece las siguientes coberturas: accidente escolar, cirugía general, tocología, neuropsiquiatría, tuberculosis pulmonar y ósea, fisioterapia, radioterapia, cobaltoterapia e infortunio familiar.
Para acceder a estas prestaciones, el interesado ha de presentar una solicitud en cualquiera de las oficinas de la Seguridad Social, dirigida a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social que corresponda a su domicilio, acompañada de la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad (ciudadanos españoles) o NIE (ciudadanos extranjeros).
- Resguardo del impreso de matrícula.
- Documentación específica de la cobertura que se solicita.
Más información sobre Seguro Escolar en la página web de la Seguridad Social.