Solicitud de certificado de prácticas para la suscripción de convenio especial con la Seguridad Social
Solicitud de certificado de la Universidad Carlos III de Madrid a los efectos de la suscripción de Convenio especial con la Seguridad Social sobre la cotización de los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas.
Para la suscripción del Convenio especial con la Seguridad Social se establece como requisito que las personas interesadas aporten documentación acreditativa de la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas mediante la presentación de una certificación de la Universidad donde cursaron sus estudios.
La solicitud del certificado de la Universidad Carlos III de Madrid se realiza a través de este formulario
IMPORTANTE: La Universidad Carlos III de Madrid solo gestionará las solicitudes de certificados de prácticas formativas y académicas externas realizadas por estudiantes de la Universidad o en programas de la Universidad.
Asimismo, sólo se expedirán certificados para los periodos de prácticas cuya duración esté comprendida entre las recogidas en la Orden ISM/386/2024:
● Prácticas no remuneradas, realizadas con anterioridad al 1 de enero de 2024.
● Prácticas remuneradas, realizadas con anterioridad 1 de noviembre de 2011.
● Doctorandos participantes en programas de formación de naturaleza investigadora, realizados con anterioridad al 4 de febrero de 2006.
● Becarios participantes en programas de formación no dirigidos a la obtención de un título, fueran o no de naturaleza investigadora, realizados con anterioridad al 1 de noviembre de 2011.
MÁS INFORMACIÓN:
Convenio especial con la Seguridad Social
El 1 de junio de 2024 entró en vigor la Orden ISM/386/2024 por la que se regulan las condiciones, el plazo y las normas del procedimiento para la suscripción del convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas reguladas en la Disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Posteriormente, esa Orden ha sido modificada mediante Orden ISM/812/2024, de 26 de julio
Las personas incluidas en el ámbito de la Orden podrán solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social la suscripción del convenio especial en ella regulado, por una única vez, a fin de posibilitar el cómputo de la cotización correspondiente a los períodos de prácticas realizados que no supusieron su inclusión en el sistema de Seguridad Social, hasta un máximo de 1825 días (5 años).
La Orden afecta a aquellos estudiantes que hubieran realizado prácticas formativas remuneradas o no en las siguientes fechas:
- Prácticas no remuneradas, realizadas con anterioridad al 1 de enero de 2024.
- Prácticas remuneradas, realizadas con anterioridad 1 de noviembre de 2011.
- Doctorandos participantes en programas de formación de naturaleza investigadora, realizados con anterioridad al 4 de febrero de 2006.
- Becarios participantes en programas de formación no dirigidos a la obtención de un título, fueran o no de naturaleza investigadora, realizados con anterioridad al 1 de noviembre de 2011.
Para la suscripción del convenio se establece como requisito que las personas interesadas aporten a la TGSS documentación acreditativa de la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas mediante la presentación de una certificación de la Universidad donde cursaron sus estudios.
Toda la información relativa al convenio especial se puede consultar en la página web de la Seguridad Social