Accidentes de Trabajo
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Centros Asistenciales
¿Qué se considera Accidente de Trabajo?
Se considera accidente de trabajo según el art. 115 de la Ley General de la Seguridad Social toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
Por tanto para que un accidente tenga esta consideración son necesarias las siguientes circunstancias:
* Que el trabajador sufra una lesión corporal. Entendiendo por lesión todo daño o detrimento corporal causado por una herida, golpe o enfermedad. Se asimilan a la lesión corporal las secuelas o enfermedades psíquicas o psicológicas.
* Que ejecute una labor por cuenta ajena.
* Que el accidente sea con ocasión o por consecuencia del trabajo, es decir, que exista una relación de causalidad directa entre trabajo-lesión.
La lesión no constituye, por sí sola, accidente de trabajo.
Se considerarán accidente de trabajo:
Los producidos con ocasión de las tareas desarrolladas aunque sean distintas a las habituales, aquel que haya ocurrido durante la realización de las tareas encomendadas por el empresario, o realizadas de forma espontánea por el trabajador/a en interés del buen funcionamiento de la empresa (aunque éstas sean a las de su categoría profesional)
¿Qué debo hacer en caso de accidente de trabajo?
Debe acudir al Centro asistencial de FREMAP, que es la Mutua con la que la Universidad tiene concertada esta cobertura. En el centro correspondiente debe identificarse como trabajador de la Universidad Carlos III de Madrid y no es preciso que aporte ningún volante para ser atendido.
Una vez atendido y en el momento en que las circunstancias se lo permitan, debe comunicar en el Servicio de Retribuciones y Seguridad Social los datos del accidente sufrido (lugar, momento, zona lesionada… ) tanto si ha sido causa o no de una incapacidad temporal.
Cuando el accidente sea In-Itinere (al ir o volver del trabajo), el trabajador deberá acudir a la Mutua de Accidente de trabajo, lo antes posible con el volante de asistencia que deberá solicitar en el correo "rrhhss@uc3m.es". En caso de ser atendidos por cualquier centro médico o servicio de urgencias ajenos a la mutua, se debe sumar al volante de asistencia la documentación médica expedida por dichos centros.
En este tipo de accidentes, no rige la presunción de laboralidad del Art. 156.3 de la LGSS en relación con las lesiones sufridas. Al producirse el accidente fuera del tiempo y lugar del trabajo, habrá de ser el trabajador el encargado de acreditar la existencia del accidente de trabajo "in-itinere". Será la mutua la que determine la existencia o no del accidente laboral al ir o volver del trabajo con la valoración de las pruebas aportadas por el trabajador. En estos casos, la Universidad para justificar el accidente, exclusivamente podrá enviar a la Mutua el informe del marcaje del día del accidente, en caso de que existiera.
La determinación por parte de FREMAP del accidente "in-itinere" tiene un control superior por parte de la Autoridad Laboral, por lo que no es posible la determinación de dicho accidente si no está debidamente acreditado. Para ello se puede utilizar como medio de prueba justificantes de transporte público, informes policiales si los hay, partes médicos de asistencia inmediata al accidente, declaración de testigos, etc.
CENTROS CERCANOS A LA UC3M
- GETAFE
Dirección Centro Fremap en Getafe
Tipo Centro: ADMINISTRATIVO Y ASISTENCIAL
Dirección: TRES CARABELAS Nº 4 - SECTOR III
Localidad: GETAFE
Código Postal: 28905
Teléfono: 916968413
- LEGANES Y PARQUE CIENT.
Dirección Centro Fremap en Leganes
Tipo de Centro: ADMINISTRATIVO Y ASISTENCIAL
Dirección: JULIO PALACIOS Nª 18
(Polígono Industrial Nuestra Señora de Butarque)
Población: LEGANÉS
Código Postal: 28914
Teléfono: 916865389
- COLMENAREJO
Dirección Centro Fremap en Colmenarejo
Tipo de Centro: ADMINISTRATIVO Y ASISTENCIAL
Dirección: HONORIO LOZANO, 43 - B
Población: COLLADO VILLALBA
Código Postal: 28400
Teléfono: 918497430
- PUERTA DE TOLEDO
Dirección Centro Fremap en Puerta de Toledo
Tipo de Centro: ADMINISTRATIVO Y ASISTENCIAL
Dirección: C/ RONDA DE VALENCIA Nº 8
Población: MADRID
Código Postal: 28012
Teléfono: 915064970
Información de interés
El personal que no esté en el Regimen de Seguridad Social no será atendido en los centros de la Mutua y deben dirigirse a las clínicas concertadas para su atención Sanitaria.
Contacto
RR.HH. Universidad
Santiago Cuesta
Teléfono: 916248419
Amparo Portillo
Teléfono: 916249791
Urgencias FREMAP
Teléfono: 900610061