Permiso de lactancia
Una vez finalizado la totalidad del permiso por nacimiento, se podrá disfrutar del permiso por lactancia.
Supuestos contemplados:
- Acumulación en jornada completas.
- Reducción de una hora diaria al final de la hornada.
- Reducción de una hora diaria al comienzo de la jornada.
- Reducción de media hora diaria al comienzo y al final de la jornada.
En caso de solicitar la acumulación en jornadas completas y según Acuerdo alcanzado por la Comisión paritaria de las Universidades Públicas de Madrid el 28 de marzo de 2023, se hace la siguiente interpretación al derecho de acumulación del permiso por cuidado del lactante:
Este permiso consistirá en el disfrute de un máximo de 26 jornadas completas consecutivas (de lunes a viernes), que se disfrutarán a la finalización del permiso de nacimiento, adopción o acogimiento.
En el caso de contratos/nombramientos con fecha de cese determinada, esta acumulación será por la parte proporcional que corresponda hasta la finalización del mismo.
En el caso de solicitar excedencia para cuidado de hijos, dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento, este permiso se verá disminuido proporcionalmente, procediéndose a descontar en la primera nómina posible los días de lactancia acumulada disfrutados, pero no devengados.
En todos los casos, el permiso finalizará cuando el hijo cumpla los doce meses de edad.
Los supuestos contemplados se incrementarán en los casos de parto múltiple.
La solicitud del permiso por lactancia deberá realizarse a través del procedimiento correspondiente en Sede Electrónica:
Contacto
Correo de contacto: rrhh.pas@uc3m.es