Fase de adjudicación de los contratos
- Sostenibilidad
- Gestión Ambiental
- Contratación pública ecológica
- Criterios ambientales en la LCSP
- Fase de adjudicación de los contratos
La adjudicación de los contratos se ha de realizar teniendo en cuenta una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio.
La LCSP contempla que los aspectos medioambientales se tengan en cuenta a la hora de definir los criterios de valoración que permitan seleccionar la mejor oferta:
- Sobre la base de precio o coste
La oferta de las empresas han de incluir los costes ambientales derivados del funcionamiento (electricidad, agua y demás recursos utilizados durante toda la vida del producto), los gastos con vistas al ahorro (por ejemplo, inversiones para obtener un mayor grado de aislamiento a fin de ahorrar energía y, por consiguiente, dinero en el futuro) así como los costes de mantenimiento o reciclado del producto, siempre que su valor monetario pueda determinarse y verificarse (art 148 LCSP).
- En base a criterios económicos y cualitativos
La mejor oferta relación calidad precio en base a criterios económicos y cualitativos, siempre que exista una vinculación entre los criterios de valoración con el objeto del contrato, en cualquiera de sus aspectos y en cualquier etapa de su ciclo de vida, incluidos los factores que intervienen en los siguientes procesos (145.6 LCSP):
a) En el proceso específico de producción, prestación o comercialización de, en su caso, las obras, los suministros o los servicios, con especial referencia a formas de producción, prestación o comercialización medioambiental y socialmente sostenibles y justas ó
b) En el proceso específico de otra etapa de su ciclo de vida, incluso cuando dichos factores no formen parte de su sustancia material.