Fase de preparación de los contratos
- Sostenibilidad
- Gestión Ambiental
- Contratación pública ecológica
- Criterios ambientales en la LCSP
- Fase de preparación de los contratos
Definición objeto del contrato
Aunque no es obligatorio que en la definición del objeto del contrato se haga referencia a aspectos de sostenibilidad ambiental para poder introducirlos en otras fases del proceso, su inclusión aporta visibilidad y refuerza la importancia que estos aspectos van a tener en la fase de ejecución de la obra, servicio o suministro licitado.
Ejemplos:
- Contrato de suministro de equipos informáticos energéticamente eficientes.
- Adquisición de equipos de impresión de imágenes energéticamente eficientes con reducido impacto ambiental.
- Contrato para el diseño de la publicación X con criterios de ecodiseño.
- Contrato del servicio de imprenta de las publicaciones de manera ambientalmente más respetuosa.
Definición de las prescripciones técnicas
Siempre que el objeto del contrato afecte o pueda afectar al medio ambiente, la Ley de Contratos del Sector Público exige que las prescripciones técnicas se definan aplicando criterios de sostenibilidad y protección ambiental, de acuerdo con las definiciones y principios regulados en los artículos 3 y 4 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación (Art 126.4 LCSP).
Los criterios de sostenibilidad y protección ambiental que se recojan en las prescripciones técnicas puedes redactarse con referencia a:
- Normas europeas, nacionales e internacionales.
- En términos de rendimiento o funciones.
- Especificaciones de materiales y métodos de producción (productos) o prestación (servicios) o ejecución (obras) que estén relacionados con el objeto del contrato.
- Criterios definidos en una etiqueta.
Existen diferentes tipos de etiquetas ambientales. Las más conocidas, son las etiquetas ecológicas tipo I. Estas etiquetas distinguen a los productos que son más respetuosos con el medio ambiente de otros similares del mismo grupo de productos. Se refieren a diferentes aspectos, como el rendimiento de los productos, los materiales contenidos en ellos o los procesos de producción. Su objetivo es informar a los consumidores de las características ambientales de los productos.
Definición de las condiciones de ejecución
Como su nombre indica, las cláusulas de ejecución del contrato son aquellas que los adjudicatarios deberán cumplir una vez adjudicado el contrato.
Todos los licitadores que presenten una oferta aceptarán de forma implícita su cumplimiento, una vez que resulten adjudicatarios del contrato.
En la oferta que presenten, no tienen que aportar la documentación acreditativa, será en la fase de ejecución cuando se solicite y verifique el cumplimento por parte del adjudicatario.
De acuerdo con las recomendaciones de la Comisión Europea, deben redactarse de tal manera que no sean especificaciones técnicas, criterios de selección o criterios de adjudicación encubiertos. Esto significa que todos los candidatos deben poder cumplir dichas cláusulas para que se les adjudique el contrato.