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Ayudas Extraordinarias UC3M para estudiantes en situaciones especiales sobrevenidas

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Ayudas convocadas por Resolución de 10 de enero de 2024 del Vicerrectorado de Estudiantes de la Universidad Carlos III de Madrid. Publicación en BOEL de 15 de enero de 2024.

Resolución del Rector por la que se modifica la convocatoria de Ayudas Extraordinarias, publicada el 29 de mayo de 2024.

  • Información de la convocatoria

    Finalidad

    Ayudas dirigidas a estudiantes de un título oficial de Grado o Máster universitario de la UC3M con un buen rendimiento académico que se encuentren en situaciones económicas especiales, derivadas de causas sobrevenidas o imprevistas.

    Situaciones protegidas

    Se consideran situaciones especiales sobrevenidas:

    • Situación legal de desempleo de la persona sustentadora principal de la unidad familiar.
    • Reconocimiento legal de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez de la persona sustentadora principal.
    • Fallecimiento de la persona sustentadora principal.
    • Víctimas de actos terroristas.
    • Víctimas de violencia de género.
    • Personas refugiadas y solicitantes de asilo.
    • Otras situaciones no previstas, debidamente justificadas que, a juicio de la Comisión de Valoración, afecten gravemente en la situación económica familiar.

    Dotación

    El importe máximo de las ayudas será de 3.000 euros. Irán destinadas a compensar los gastos directamente relacionados con la actividad académica universitaria para superar la situación sobrevenida y continuar los estudios.

    Requisitos

    Las personas que soliciten estas ayudas deben acreditar estar en alguna de las situaciones descritas en la base 1 de la convocatoria, "Situaciones protegidas", y cumplir los requisitos generales, académicos y económicos.

    La situación sobrevenida deberá haberse producido con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de solicitudes de la última convocatoria de estas ayudas (17 de octubre de 2023).

    Requisitos generales:

    a) Poseer nacionalidad española o la de otro país de la Unión Europea. Las personas extranjeras no comunitarias deberán acreditar la condición de residente en España, quedando excluidas quienes se encuentren en situación de estancia (Permiso de Estudiante).

    b) No haber obtenido o estar en disposición de obtener ninguna ayuda económica para la misma finalidad de otras entidades o personas públicas o privadas.

    Requisitos académicos:

    a) Tener matrícula en la UC3M en estudios conducentes a la obtención de un título oficial de Grado o Máster universitario. Quedan excluidos de esta convocatoria los estudios de máster no universitario, doctorado, los cursos de especialización y los títulos propios de la Universidad.

    b) No estar en posesión o reunir los requisitos legales para la obtención de un título de igual o superior nivel al de los estudios de Grado para los que se solicita la ayuda.

    c) No ser estudiantes de otras Universidades que se encuentren desarrollando un programa de movilidad nacional o internacional en la UC3M.

    d) Según el tipo de estudios, deberán cumplirse además los siguientes requisitos:

    • Estudios de Grado:
      • Haber superado al menos un cuatrimestre en dichos estudios y tener una nota media mínima sin ponderar, sobre 10, de 5 puntos para los estudios de Ingeniería, Ciencias y Ciencias de la Salud y 6 puntos para los estudios de Ciencias Sociales y Jurídicas y Humanidades.
      • Tener matriculados, como mínimo, 30 créditos cuando sea curso completo o 18 si la solicitud se presenta en el primer cuatrimestre del curso. El número mínimo de créditos matriculados podrá ser inferior en caso de finalización de estudios.
    • Estudios de Máster Universitario:
      • Haber sido admitido/a en un Máster Universitario y tener matrícula definitiva en un mínimo de 30 créditos del plan de estudios para el que se solicita la ayuda
      • Tener una nota media mínima sin ponderar, sobre 10, de 6 puntos en los estudios de Máster. En caso de no tener asignaturas calificadas en el momento de la solicitud, para la valoración de este requisito se tendrá en cuenta la nota de acceso al Máster.

    No se concederán para simultanear estudios ni para cursar otra titulación o especialidad distinta a la que, en su caso se haya cursado.

    Requisitos económicos:

    a) Haber sufrido una disminución drástica de los ingresos de su unidad familiar como consecuencia de una situación sobrevenida.

    b) No superar los umbrales de renta familiar establecidos en el apartado 3.3. del texto de la convocatoria.

    Documentación

    Establecida en la base 5 del texto completo de la convocatoria.

    Solicitud

    La solicitud se realizará de forma telemática, a través de formulario electrónico habilitado en Sede Electrónica UC3M.

    ACCESO AL FORMULARIO DE SOLICITUD

    En el momento de realizar la solicitud deberán adjuntarse los archivos en formato electrónico (PDF) con los documentos exigidos en esta convocatoria para acreditar el cumplimiento de los requisitos. Los documentos deberán ser claros y legibles.

    La Comisión podrá requerir a las personas solicitantes, en cualquier momento del procedimiento, que aporten la documentación original o copia compulsada de la misma.

    El plazo de solicitud comienza el 15 de enero y finaliza el 15 de octubre de 2024 (incluido).

    Más información

    Centro de Orientación a Estudiantes:

    • Teléfonos: 916249483/ 918561219
    • Correo electrónico: centro.orientacion@uc3m.es
  • Resolución

    La Comisión de Valoración se reunirá en los meses de marzo, junio y noviembre para valorar las solicitudes presentadas en esos periodos y proponer la adjudicación.

    Comisión marzo 2024

    El próximo 8 de marzo se reunirá la Comisión. Se valorarán las solicitudes recibidas hasta el 5 de marzo que estén completas (sin falta de documentación).

    Resolución por la que se aprueba la relación de ayudas concedidas y solicitudes denegadas de la comisión de marzo, publicada en BOEL el  13/03/2024 (consulta con usuario corporativo).

    Plazo de alegaciones y/o solicitud de subsanación de errores: del 13 al 22 de marzo de 2024

    Acceso al formulario para presentar alegaciones y/o subsanación de posibles errores.

    Resolución por la que se resuelven las alegaciones presentadas en relación con la resolución de la comisión de marzo, publicada en BOEL el 08/04/2024 (consulta con usuario corporativo)

    Comisión junio 2024

    El próximo 7 de junio se reunirá la Comisión. Se valorarán las solicitudes recibidas hasta el 4 de junio que estén completas (sin falta de documentación).

    Resolución por la que se aprueba la relación de ayudas concedidas y solicitudes denegadas de la comisión de junio, publicada en BOEL el  12/06/2024 (consulta con usuario corporativo).

    Plazo de alegaciones y/o solicitud de subsanación de errores: del 12 al 25 de junio de 2024

    Acceso al formulario para presentar alegaciones y/o subsanación de posibles errores.

    Resolución por la que se resuelven las alegaciones presentadas en relación con la resolución de la comisión de junio, publicada en BOEL, el 05/07/2024 (consulta con usuario corporativo).