Incapacidad temporal
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Información general
Cuando el trabajador, debido a una enfermedad o accidente, está imposibilitado temporalmente para trabajar y precise asistencia sanitaria, recibe una prestación económica
Esta prestación económica varía según si el trabajador está encuadrado en el régimen General o Especial de la Seguridad Social y se compone de parte aportada por la empresa, y parte aportada por la propia seguridad social.
En aplicación del Real Decreto Ley 20/2012 la Universidad Carlos III de Madrid aplica unos límites a los complementos abonados en las situaciones de incapacidad temporal, aprobados en las siguientes Resoluciones:
Resolucion Rector nóminas sin descuento por Incapacidad Temporal
Comunicación de las Incapacidades Temporales
Nueva normativa sobre los partes médicos sobre las Incapacidades Temporales de la Seguridad Social a partir del 01.04.2023
Partes Incapacidad Temporal MUFACE:
http://www.muface.es/content/descarga-impresos
Normativa de aplicación a las Incapacidades Temporales
- Resolucion Rector nóminas sin descuento por Incapacidad Temporal
- Resolucion Rector ampliación enfermedades sin descuento en nómina
- Listado Enfermedades Graves R.D. 1148-2011, de 29 de julio
- Resolución BOCM publicada el 23.05.2017
Información de interés
Se ha publicado la Resolución del Rector en la que deja de tener efectos los descuentos en las nóminas como consecuencia de las Incapacidades Temporales desde el 5 de Julio de 2018.