Méritos Docentes
CONVOCATORIA MÉRITOS DOCENTES 2024 PDI(quinquenios)
Plazo de presentación de solicitudes: Desde las 10:00h del 22 de noviembre del 2024 hasta las 14:00h del 16 de enero del 2025
Requisitos
- A) Tener la condición de:
Profesoras y profesores de las siguientes figuras siempre que se encuentren en servicio activo o tengan contrato indefinido al 31 de diciembre del 2024:
- Catedrática/Catedrático de Universidad, de carrera o interino.
- Profesora/Profesor Titular de Universidad, de carrera o interino.
- Profesora/Profesor Contratado Doctor
Profesoras y profesores, con actividad docente desempeñada en las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, con contrato laboral temporal a tiempo completo, con cargo a capítulo I, vigente el 31 de diciembre del 2024:
- Profesor/a Ayudante Doctor/a
- Profesor/a Visitante
- Personal investigador Doctor- Acceso
- Investigador/a distinguido
- Personal docente/investigador de programas de atracción de doctores regionales, nacionales e internacionales y de la universidad que impartan docencia: Atracción de talento modalidad 1 y 2, Ramón y Cajal, J. de la Cierva, Marie Curie, Margarita Salas (contrato), María Zambrano, estancias postdoctorales y Cesar Nombela.
Profesoras y profesores asociados que tengan, o hayan tenido, contrato laboral a tiempo parcial durante el año 2024.
- B) Cinco años de actividad docente en régimen de dedicación a tiempo completo o período equivalente (10 años) si ha prestado servicio en régimen de dedicación a tiempo parcial, que no hayan sido objeto de evaluación anterior, hasta el 31 de diciembre del 2024.
Instrucciones para la solicitud
Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente por vía telemática a través de la Sede Electrónica de la Universidad Carlos III de Madrid procedimiento: "Méritos Docentes" https://sede.uc3m.es/meritos-docentes
Si en el periodo que se solicita se incluyen servicios prestados en organismos distintos a la Universidad Carlos III de Madrid, deberá adjuntar los siguientes documentos acreditativos de su actividad docente:
- Hoja de servicios o certificado del organismo donde ha impartido docencia en el que conste las fechas de prestación de servicios, la categoría docente y la dedicación.
- Certificado de la docencia impartida donde conste el curso académico, la titulación, la asignatura y el número de horas impartidas.
- Informes de evaluación de la calidad de la docencia impartida o de encuestas de la Calidad Docente del periodo evaluado.
Las becas susceptibles de ser consideradas o asimiladas a efectos de valoración de los periodos de méritos docentes, deberán acreditarse con un certificado en el que conste el tipo de beca, el periodo de disfrute, así como el certificado de la docencia impartida e informes de evaluación de la calidad de la docencia impartida o de encuestas de la Calidad Docente.
En el caso que la documentación justificativa no se encuentre en castellano, será presentada junto con una traducción al castellano según la Ley 39/2015 (Artículo 15. Lengua de los procedimientos), no obstante, para este procedimiento la Universidad Carlos III de Madrid admite de manera excepcional documentos en lengua inglesa
Solicitud de convalidación méritos docentes
Para quienes tengan previamente reconocidos tramos de méritos docentes en otro régimen jurídico, la solicitud de convalidación se realizará hasta el 16 de enero del 2025, a través del siguiente formulario adjuntando la resolución de evaluación positiva a convalidar:
https://aplicaciones.uc3m.es/formulario/ConvalidacionMeritosDocentes
No obstante, si el profesorado al que se refiere el párrafo anterior tuviese periodos no evaluados en los tramos reconocidos, podrá participar en la presente convocatoria y no presentar la solicitud de convalidación.
Preguntas Frecuentes
1. ¿QUÉ SE EVALÚA?
1.1 ¿Qué componente es objeto de evaluación en la convocatoria?
La actividad docente del profesorado universitario realizada cada cinco años en régimen de dedicación a tiempo completo, o período equivalente si ha prestado servicio en régimen de dedicación parcial.
1.2 ¿Computan igual todos los servicios prestados?
No. Se debe tener en cuenta que los servicios prestados con dedicación a tiempo completo se computan enteros, pero aquellos cuya dedicación haya sido a tiempo parcial, sea cual sea el número de horas, se computan la mitad.
2. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
2.1 ¿Cuál es el plazo para la presentación de solicitudes?
El plazo de solicitud se abrirá el día 22 de noviembre de 2024 a las 10:00 horas, y se cerrará el 16 de enero de 2025 a las 14:00 horas.
3. PARTICIPACIÓN COMO EVALUADO
3.1 ¿Qué profesores/as son objetos de evaluación?
- Profesores/as funcionarios de las siguientes figuras siempre que se encuentren en servicio activo o tengan un contrato indefinido a 31 de diciembre de 2024:
- Catedrático/Catedrática de Universidad de carrera o interino
- Profesor/Profesora Titular de Universidad de carrera o interino
- Profesor/Profesora Contratado Doctor
- Profesores/as a con actividad docente desempeñada en las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid con contrato laboral temporal a tiempo completo con cargo al capítulo I, vigente a 31 de diciembre de 2024:
- Profesor/a Ayudante Doctor/a
- Profesor/a Visitante
- Personal investigador Doctor- Acceso
- Investigador/a distinguido
- Personal docente/investigador de programas de atracción de doctores regionales, nacionales e internacionales y de la universidad que impartan docencia: Atracción de talento modalidad 1 y 2, Ramón y Cajal, J. de la Cierva, Marie Curie, Margarita Salas (contrato), María Zambrano, estancias postdoctorales y Cesar Nombela.
- Profesores/as asociados que tengan, o hayan tenido, contrato laboral a tiempo parcial durante el año 2024.
4. TRAMOS DOCENTES
4.1 ¿Cuántos tramos se pueden reconocer?
El número máximo de periodos de actividad docente con evaluaciones positivas será de 6.
4.2 ¿Un mismo periodo puede volver a ser objeto de evaluación?
No. En ningún caso, un mismo periodo podrá ser computado más de una vez.
4.3 Si ya tengo evaluados y reconocidos el máximo de 6 componentes de méritos docentes, ¿puedo solicitar nuevos periodos posteriores a la sexta evaluación?
Sí, en el caso que el profesorado funcionario hay cambiado de cuerpo docente podrá solicitar nuevas evaluaciones de la actividad docentes de periodos posteriores a la sexta evaluación para sustitución de tramos docentes ya evaluados. La presentación de una solicitud de sustitución supone la renuncia a los periodos reconocidos en el Cuerpo Docente anterior.
4.4 ¿Hay que solicitar la evaluación de cada nuevo periodo o el proceso es automático?
Este procedimiento nunca es automático. El interesado debe solicitar siempre la evaluación de cada periodo que cumpla.
4.5 Tengo tramos reconocidos antes de haber accedido a la función pública ¿puedo solicitar su convalidación?
Sí. Los funcionarios de cuerpos docentes universitarios podrán solicitar la convalidación de las evaluaciones positivas reconocidas antes de haber accedido a la función pública, siempre y cuando dicho reconocimientos se hubiera producido siguiendo un procedimiento de evaluación en la que haya intervenido la propia UC3M.
5. SOLICITUD Y APLICACIÓN INFORMÁTICA
5.1 ¿Cómo y dónde puedo presentar mi solicitud?
Las solicitudes y la documentación será exclusivamente cumplimentada y enviada por vía telemática a través del Procedimiento “Méritos docentes” de la sede electrónica de la Universidad: https://sede.uc3m.es/meritos-docentes
6. DOCUMENTACIÓN
6.1 ¿Qué documentación hay que aportar/adjuntar?
Sólo si tiene servicios computables en otras Universidades distintas a la UC3M se deberá adjuntar los documentos acreditativos de su actividad docente: Hoja de servicios (en el que conste las fechas de prestación de servicios, la categoría docente y la dedicación), certificado de docencia e informes de evaluación de la calidad de la docencia impartida o de encuestas de calidad docente.
En el caso que la documentación justificativa no se encuentre en castellano, será presentada junto con una traducción al castellano según la Ley 39/2015 (Artículo 15. Lengua de los procedimientos), no obstante, para este procedimiento la Universidad Carlos III de Madrid admite de manera excepcional documentos en lengua inglesa
6.2 ¿Tengo que presentar la solicitud y/o algún documento en papel?
7. BECAS DE FORMACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE Y CONTRATOS EN PROGRAMAS ESPECÍFICOS
7.1 ¿Cuáles son las becas de formación objeto de evaluación?
- Acciones de formación o perfeccionamiento en el marco del Programa Nacional de Formación de Personal Investigador del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, y en el Programa Sectorial del Ministerio de Educación y Ciencia de Formación de Profesorado y Personal Investigador en España, convocadas por la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación.
- Becas de Formación de personal investigador de las Comunidades Autónomas, convocadas por sus consejerías de educación.
- Becas de formación de doctores concedidas por la Universidad, a que se refiere el artículo tercero del Reglamento de Becas de la Universidad Carlos III de Madrid aprobado por la Comisión Gestora en su sesión 5/1.992.
7.2 ¿Las Ayudas a Máster de la uc3m son reconocidas en la evaluación de méritos docentes?
No. El programa de Ayudas a Máster de la uc3m o ayudas equivalentes quedan excluidas de los períodos de evaluación.
8. EFECTOS RETRIBUTIVOS DE LOS COMPONENTES
8.1 ¿Cuándo se harán efectivas las evaluaciones reconocidas positivamente?
Los efectos económicos de las evaluaciones se inician el 1 de enero del año posterior al de la solicitud de evaluación, es decir, los periodos de méritos docentes que sean reconocidas tendrán efectos desde el día 1 de enero de 2025 siempre que se mantenga la relación contractual con la uc3m.
Los funcionarios en situación de comisión de servicios o servicios especiales, los correspondientes efectos económicos no se iniciarán hasta el momento de su reingreso a la Universidad en régimen en régimen de dedicación a tiempo completo.
9. DUDAS Y PREGUNTAS
9.1 Tengo dudas sobre la convocatoria o se ha producido una incidencia durante el proceso de solicitud, ¿a dónde debería dirigirme?
Para cualquier duda relacionada con la convocatoria enviar consultas a la atención de María Lorenza Terrón Teno:
Correo electrónico: meritos.rrhh@uc3m.es
Teléfono: 916249707
En el horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
- Regulación Legal
- Resolución del Rector de la Universidad Carlos III de Madrid por la que se incluye en el ámbito subjetivo de aplicación del componente por méritos docentes del complemento específico al profesorado interino de los cuerpos docentes universitarios
- Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario
- Resolución de 26 de septiembre de 1989 del Consejo de Universidades, por la que se establecen los criterios generales de evaluación del prof.universitario para le evaluación establecida en la disposición transitoria tercera del R.D. 1086/1989
- ORDEN de 3 de noviembre de 1989, por la que se desarrolla el Real Decreto 1086/1989, de 8 de agosto, sobre retribuciones del Profesorado Universitario.
- Resolución de 3 de mayo de 1990, del Consejo de Universidades, por la que se establecen situaciones administrativas de tratamiento análogo
- Resolución de 20 de junio de 1990, del Consejo de Universidades, por la que se establecen los criterios generales para la evaluación de la actividad docente del profesorado universitario prevista en el Real Decreto 1086/1989
- Resolución de 8 de marzo de 1991, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, sobre normas de procedimiento
- Otra Normativa
- Compl. Prof. Contratados Doctores
- Resolución del Vicerrector de Profesorado, Postgrado y Departamentos de la Universidad Carlos III de Madrtid sobre la cuantía a abonar en los complementos por méritos docentes y de investigación de los Profesores Contratados Doctores (2/03/2007)
- Texto carta del Vicerrector de Profesorado, Postgrado y Departamentos enviada a Profesores Contratados Doctores (29/03/2007)