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Becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios

Datos de la convocatoria

Becas MEC
Destinatarios
Estudiantes de Máster. Estudiantes de último curso y titulados
Organismo
Ministerio de Educación. Secretaría de Estado de Educación
Tipo de convocatoria
Ayuda / beca
Finalidad
Formación / Prácticas
Estado
En plazo de solicitud
Plazo de solicitud
Del 11/06/2024 al 17/09/2024

Descripción

IMPORTANTE: con fecha 22 de mayo de 2024 se publica la distribución de las becas en los departamentos UC3M realizada por el Consejo Social, para que las personas interesadas conozcan los departamentos en los que se ofertan becas.

Distribución de las becas en los Departamentos UC3M, curso 2024-25

El objeto de esta convocatoria de becas es promover la iniciación en tareas de investigación de los estudiantes que vayan a finalizar los estudios de Grado o que estén cursando primer curso de Másteres universitarios oficiales, mediante la asignación de una beca que les permita iniciarse en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando y facilitar su futura orientación profesional o investigadora.

Número de ayudas

Un total de 2.431 Becas de Colaboración para el curso 2024-2025 de las que 27 becas se asignan a la Universidad Carlos III de Madrid.

Dotación

La dotación total y única de la beca será de 2.000 euros. La concesión de esta beca no conlleva la exención del pago por parte del beneficiario/a de los precios públicos por servicios académicos.

Duración

Colaboración a razón de tres horas diarias durante 7 meses y medio a contar desde la fecha de incoporación, en los términos recogidos en el proyecto de colaboración. La colaboración no podrá concluir con posterioridad al 31 de julio de 2025. Dentro del mes siguiente a la finalización de la colaboración, el alumnado beneficiario de la beca deberá presentar, en la unidad de becas de la universidad, certificación acreditativa del departamento de haber prestado la colaboración.

Requisitos

Estudiantes universitarios de Grado:

A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:

  • No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Máster oficial.
  • Estar matriculado en 2024-2025 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios de Grado y haber superado el 75 por ciento de la carga lectiva de su titulación.
  • Tener como nota media de los créditos superados:
    • 7,25 para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas
    • 7,70 para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas
    • 7,80 para la rama de Ciencias de la Salud
    • 8,00 para la rama de Artes y Humanidades
  • El cálculo de la nota media del expediente académico se realiza según establece el artículo 7 de la convocatoria.
  • En los supuestos de estudiantes que estén cursando los denominados dobles grados, solo serán tenidos en cuenta los créditos y calificaciones correspondientes a la titulación por la que opte a la beca de colaboración.

Estudiantes universitarios de primer curso de Másteres oficiales:

A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:

  • No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster oficial o de Doctor. No tener superados todos los créditos a excepción del trabajo fin de máster de un Máster diferente de aquél para el que se solicita la beca.
  • Estar matriculado en 2024-2025 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos de primer curso de Máster.
  • Haber obtenido en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso al máster, la nota media establecida en el apartado anterior, en función de la rama de conocimiento de procedencia. El cálculo de la nota media del expediente académico se realiza según establece el artículo 7 de la convocatoria.

Los requisitos que no figuren en el expediente de la persona solicitante en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta a los efectos de su valoración para la concesión de la beca, por lo que corresponde a los/las solicitantes requerir, en su caso, a sus respectivas universidades la actualización de sus expedientes académicos.

Las personas solicitantes deberán, asimismo, reunir los requisitos que, respecto de la nacionalidad establece el artículo 4.1 d) del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

Proyecto de colaboración:

Las personas solicitantes deberán presentar un proyecto de colaboración a desarrollar dentro de alguna de las líneas de investigación en curso de los departamentos universitarios, debidamente avalado y puntuado por el consejo de departamento en el que se vaya a desarrollar (con hasta un máximo de 4 puntos), que versará sobre alguna de las materias de formación básica u obligatorias para la obtención de la titulación que se esté cursando, con una descripción detallada de las funciones que se van a realizar, régimen de dedicación y tareas que deberá cumplir el becario/a.

Documentación

Junto con la solicitud se deberá presentar esquema del proyecto de colaboración, según plantilla facilitada por la aplicación informática en el proceso de solicitud, evaluado por el consejo del Departamento, en la forma establecida en el artículo 12 del texto de la convocatoria.

Criterios de selección

Puntuación obtenida en el proyecto de colaboración (un máximo de 4 puntos) más la calificación del expediente académico.

Incompatibilidades

Compatible únicamente con las becas de carácter general para el curso 2024-2025, convocadas por el Ministerio de Educación. Asimismo, será incompatible con cualquier percepción económica en concepto de prácticas o actividades de investigación que se realicen en el mismo departamento en el que se realizará el proyecto de colaboración. Premios o ayudas con diferente finalidad, que se otorguen en atención a la discapacidad o excelente rendimiento académico, deberá solicitarse compatibilidad. Art.4

Solicitud

El plazo de solicitud será desde el día 11 de junio de 2024 hasta el día 17 de septiembre de 2024, ambos inclusive.

Se cumplimentará mediante formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado "Buscar trámites".

Se completará el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando a través de la página web, mediante imagen legible (escaneada o fotografiada) y en el fichero formato pdf, la plantilla facilitada por la aplicación informática con un esquema del proyecto de colaboración y la evaluación del mismo por el departamento.