Preguntas frecuentes sobre Acreditación
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- Preguntas frecuentes sobre Acreditación
El Servicio de Apoyo a la Investigación de la Biblioteca pretende dar respuesta, en esta página, a las distintas consultas recibidas por parte del personal investigador.
Las preguntas reproducen los problemas que se le plantean al investigador a lo largo del proceso de acreditación.
En algunos casos, las respuestas recopilan la información que aparece en la documentación que ofrece la ANECA sobre los procesos de acreditación. En otros, reproducimos las indicaciones recibidas por la ANECA a las consultas planteadas.
- Cuestiones generales
¿Se tienen en cuenta los sexenios y cuántos para la Acreditación como Titular de Universidad?
La descripción de los méritos para alcanzar la calificación B como Catedrático, en algunas áreas, incluye la referencia al reconocimiento de tramos de investigación (sexenios), bien entre los méritos específicos, bien entre los méritos complementarios.
La descripción de los méritos para alcanzar la calificación A o B como Titular también incluye, en algunas áreas, la referencia al reconocimiento de tramos de investigación (sexenios) entre los méritos complementarios.
¿Se pueden mencionar o se tienen en cuenta los periodos de baja por maternidad/paternidad del solicitante?
No se tienen en cuenta porque no se incluyen entre los criterios de evaluación que se aplican en la convocatoria.
¿Cómo se realiza la baremación de los méritos?
En el Anexo II, Punto B del RD 415/2015, de 29 de mayo, se indica la baremación de las distintas modalidades de méritos.
La Guía de ayuda del programa Academia (páginas 7-8) especifica más extensamente los criterios generales de evaluación
¿Cuáles son las puntuaciones máximas que se aplican en la evaluación de Contratados Doctores y Ayudantes Doctores?
El documento Principios y orientaciones para la aplicación de los criterios de evaluación del programa PEP en la pág. 23 y ss., especifica las puntuaciones máximas y mínimas, para cuya interpretación es imprescindible leer el texto explicativo del documento.
¿Tienen validez las acreditaciones de la ANECA en otros países de la Unión Europea?
Le sugerimos que se informe en la Universidad del país de destino. Actualmente no hay ningún acuerdo de España con otros países de la Unión Europea para el reconocimiento de la acreditación de profesorado.
Lo importante es que los solicitantes interesados hayan alcanzado en una Universidad de un Estado Miembro de la Unión Europea, una posición equivalente a la de Profesor Titular o Profesor Catedrático.¿Tienen validez las acreditaciones de otros países de la Unión Europea en España?
En la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1312/ 2007 de la ANECA se menciona que el profesorado de las universidades de los Estados miembros de la Unión Europea, que hayan alcanzado en aquéllas una posición equivalente a las de catedrático o profesor titular de universidad, será considerado acreditado a los efectos de lo previsto en este RD. La certificación de dicha posición equivalente será realizada por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación a solicitud del interesado, de acuerdo con el procedimiento que establezca la Agencia.
El profesorado al que se refiere el apartado 1, podrá formar parte de las comisiones de acreditación reguladas en este real decreto en las mismas condiciones que los funcionarios pertenecientes a los cuerpos docentes universitarios
Los solicitantes que requieran una certificación, deberán presentar en la ANECA su solicitud.En los casos de evaluación negativa en el proceso de Acreditación, y con carácter previo a la resolución, ¿sería posible retirar el expediente en la fase de alegaciones y volver a presentarlo sin esperar 18 meses?
En virtud del RD 1312/2007, en el caso de desestimiento por parte del solicitante en el trámite de audiencia con informe negativo, podrían darse dos situaciones:
a) el desestimiento se acepta de plano y se declara concluso el procedimiento, pudiéndose presentar una nueva solicitud sin esperar 18 meses, de conformidad con lo dispuesto en los art. 90 y 91 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común;
b) el desestimiento podría considerarse fraudulento a los efectos, precisamente, de evitar el período de carencia de 18 meses, e inadmitir la solicitud con el fundamento del art. 15.7 del Real Decreto.
Es la ANECA quien debe tomar una decisión al respecto. Por ello, se recomienda dirigir la consulta a ANECA en su caso concreto.
Cuando se presente la solicitud, la declaración de veracidad de la documentación entregada, ¿debe ir firmada únicamente por el solicitante?
Sí. Es suficiente con su firma. Además recuerde que esta declaración debe venir acompañada por la relación exhaustiva y completa de los méritos que se señalen en el CV y que se justifican documentalmente.
- Curriculum Vitae
¿La ANECA ha adoptado el modelo de Currículum Vitae Normalizado de la Fecyt?
Según se indica en el RD 415/2015, de 29 de mayo, en la Disposición adicional segunda. Tramitación electrónica de procedimientos.
1. Todos los procedimientos de acreditación para el personal docente de la Universidad se tramitarán por medios electrónicos, de acuerdo con los previsto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio.
La Guía de ayuda del programa Academia (página 2) señala que:
La solicitud y el currículo se generan mediante una aplicación informática. En este caso la aplicación le suministrará los ejemplares de la solicitud y no será necesario entregar copia impresa del currículo.
¿Se pueden repetir los méritos en el CV?
No se deben repetir méritos en el CV.
¿Se pueden volcar los datos del CV introducidos en la aplicación informática del programa PEP a ACADEMIA?
Sí. Lo primero que se debe hacer es registrarse en la aplicación a través de la cual se va a solicitar la acreditación nacional para titular o catedrático
https://srv.aneca.es/AcademiaEn esta aplicación informática, en la que debe rellenar su CV para solicitar la acreditación nacional, hay una opción que le permite volcar directamente los datos que ya tenga introducidos en el CV que presentó o va a presentar para obtener la evaluación positiva como PCD.
Al registrarse en la aplicación, le pedirá el NIF y su correo electrónico. Al introducir estos datos, la aplicación automáticamente detecta si su CV se encuentra en la base de datos del programa de evaluación de profesorado para la contratación; si es así, le consultará si quiere importar los datos que allí figuran. En caso de respuesta afirmativa, deberá señalar la misma dirección de correo electrónico que figura en la aplicación para la evaluación de profesorado para la contratación. Entonces el volcado de datos se hará en ese momento y de forma automática.