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Baremo de las solicitudes

cambio de universidad

Este baremo se realizará atendiendo a los siguientes criterios:

1. Hasta 5 puntos por la nota de acceso a los estudios universitarios que el alumno cursa actualmente. No se tendrán en cuenta las notas de la fase específica, si se ha realizado.

  • Entre 6 y 6,99 - La nota de acceso de 6,0 se valorará con 1 punto, incrementándose 0,1 puntos por cada décima superior a 6,0.
  • Entre 7 y 7,99 ‐ La nota de acceso de 7,0 se valorará con 2 puntos, incrementándose 0,1 puntos por cada décima superior a 7,0
  • Entre 8 y 8,99 ‐ la nota de acceso de 8,0 se valorará con 3 puntos, incrementándose 0,1 puntos por cada décima superior a 8,0.
  • Entre 9 y 10 ‐ La nota de acceso de 9,0 se valorará con 4 puntos, incrementándose 0,1 puntos por cada décima superior a 9,0.

 

2. Hasta 6 puntos por la nota media del expediente académico de los estudios universitarios que el alumno está cursando actualmente.

  • Entre 5 y 5,99 - La nota de 5,0 en el expediente académico se valorará con 1 punto, incrementándose 0,1 puntos por cada décima superior a 5.
  • Entre 6 y 6,99 - La nota de 6,0 en el expediente académico se valorará con 2 puntos, incrementándose 0,1 puntos por cada décima superior a 6.
  • Entre 7 y 7,99 - La nota de 7,0 en el expediente académico se valorará con 3 puntos, incrementándose 0,1 puntos por cada décima superior a 7.
  • Entre 8 y 8,99 - La nota de 8,0 en el expediente académico se valorará con 4 puntos, incrementándose 0,1 puntos por cada décima superior a 8.
  • Entre 9 y 10 - 6 puntos

 

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