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Buenas prácticas en el tratamiento del lenguaje en igualdad

Buenas prácticas en el tratamiento del lenguaje en igualdad

En el artículo 14 de la ley orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se estipula que entre otros serán criterios generales de actuación de los poderes públicos la implantación de un lenguaje no sexista en el ámbito administrativo y su fomento en la totalidad de las relaciones sociales, culturales y artísticas.

Buenas prácticas en el tratamiento del lenguaje en igualdad