Comité de seguridad y salud
- Prevención de Riesgos Laborales
- Plan de prevención
- Comité de seguridad y salud
De acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, las trabajadoras y trabajadores de la Universidad Carlos III de Madrid ejercen su derecho a la participación en cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos en el trabajo, a través de las Delegadas y Delegados de Prevención y el Comité de Seguridad y Salud.
El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación, destinado a la consulta, regular y periódica, de las actuaciones de la Universidad en materia de prevención de riesgos.
La Universidad creó el Comité de Seguridad y Salud, el 4 de abril de 1997. Este Comité está compuesto por 5 Delegadas y Delegados de Prevención en representación de las trabajadoras y trabajadores, y 5 representantes institucionales.
El Comité de Seguridad y Salud tiene las siguientes competencias:
- a) Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos en la empresa. A tal efecto, en su seno se debatirán, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la prevención de riesgos, los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de protección y prevención a que se refiere el artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, proyecto y organización de la formación en materia preventiva.
- b) Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos, proponiendo a la Universidad la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes.